Aprobada la nueva Ley de Tráfico, ahora queda por ratificar el nuevo Reglamento General de Circulación, para adaptarlo a los cambios introducidos con la nueva ley. Los cambios que en éste se proponen son los siguientes:

Nuevos límites de velocidad
En autopistas y autovías con limitación de velocidad máxima de 120 km/h se podrá aumentar dicho límite de velocidad, mediante paneles de mensaje variable, hasta un máximo de 130 km/h para los turismos, motocicletas y vehículos de tres ruedas asimilados a éstas. Este aumento se hará de forma temporal y en tramos en los que existan índices contrastados de seguridad, buenas condiciones de trazado y pavimentación, y óptimas condiciones meteorológicas y ambientales.

En carreteras convencionales, se reduce el límite desde 100 km/h hasta los 90 km/h o incluso los 70 km/h en determinadas zonas.

Si la carretera convencional tiene una plataforma inferior a 6,5 metros pero cuenta con marca de separación entre sentidos, el límite será de 70 km/h. En carreteras convencionales con plataforma inferior a 6,5 metros de anchura y sin marca de separación entre sentidos, el límite será 50 km/h.

Adicionalmente, se crearán zonas de 30. En vías urbanas y travesías el límite de velocidad será de 50 km/h. Sin embargo, en aquellas vías urbanas con un solo carril y sentido único de circulación, o con un carril por sentido de circulación, el límite pasará a ser de 30 km/h.

Bicicletas
Se introduce la obligatoriedad de uso del casco para los ciclistas menores de dieciséis años en todo tipo de vía y sin excepciones.

En vías con un límite de velocidad superior a 50 km/h, los ciclistas circularán por el arcén de su derecha, si fuera transitable y suficiente, y si no lo fuera o no existiese arcén, lo harán por la derecha y lo más cerca posible del borde de la calzada.

En vías urbanas con límite de velocidad igual o inferior a 50 km/h, que dispongan de al menos dos carriles de circulación por sentido, los ciclistas circularán por la calzada y por el carril derecho.

Test de alcoholemia a peatones
El Reglamento recoge que quedan obligados a pruebas para la detección de alcohol, no solo a conductores, sino también los usuarios de la vía cuando se hallen implicados en un accidente de tráfico o hayan cometido una infracción.

¿Cómo solicitar el carné de conducir internacional?

Como turistas, podemos circular con nuestro carné vigente durante 6 meses en el extranjero, pero si nos trasladamos de forma permanente a otro país, ¿qué debemos hacer para poder conducir con tranquilidad? Si queremos solicitar el carné de conducir internacional, debemos dirigirnos a la Dirección General de Tráfico o a su sede en Internet, para…

Pegasus, el radar que todo lo ve

La DGT ya dispone de 5 radares Pegasus en servicio. La Dirección General de Tráfico estrenó en Marzo de 2013 un nuevo tipo de radar llamado Pegasus. Éste consiste en un helicóptero dotado de una cámara de video vigilancia a la que se le ha incorporado un mecanismo y un software que le permite controlar…