El Diario Oficial de la Unión Europea ha publicado una nueva directiva sobre las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos a motor y de sus remolques, en la que establece unas periodicidades mínimas, por lo que España podrá mantener la frecuencia anual para la revisión de los modelos con más de diez años de antigüedad.

Según indicó la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV), esta directiva crea requisitos mínimos comunes y normas armonizadas sobre este tipo de operaciones en la UE y permite a los Estados miembro «establecer unas normas más estrictas para las inspecciones».

AECA-ITV afirmó que esta medida deja libertad a países como España para mantener la ITV anual, en lugar de cada dos años como marca el mínimo de la directiva, a los vehículos de más de diez años, con el fin de mejorar la seguridad vial y de reducir el impacto sobre el medio ambiente.

También esta normativa obliga a los ciclomotores y motocicletas a pasar estas inspecciones técnicas de vehículos de forma periódica, tal y como exige la legislación española desde hace años.
AECA-ITV subraya que el nuevo texto indica que el servicio de ITV debe ser prestado por los Estados miembro, tanto a través de organismos públicos como privados bajo su supervisión y afirma que este servicio es de interés general en el ámbito del transporte.